Por el momento hago mis facturas en Abby, pero admito que usar el módulo de facturación de Clemz me facilitaría mucho las cosas. Pero una pregunta me detiene: ¿qué pasa con la facturación electrónica obligatoria que llegará en septiembre de 2026 o septiembre de 2027 según el tipo de empresa?
Por ahora sigo con Abby porque sé que el software está homologado para la facturación electrónica. Pero, ¿lo estará Clemz a su debido tiempo? @Clement
Septiembre de 2026 para grandes y medianas empresas y septiembre de 2027 para microempresas. Si he interpretado bien lo que está escrito en el sitio web del gobierno, por supuesto
Me parecía que en franquicia era para la recepción de facturas pero que para la venta no era necesario (lógico, ya que el interés es rastrear el IVA), a ver si ha cambiado o si digo una tontería.
Gracias por esta pregunta muy pertinente. Entiendo que la reforma solo se aplica a las transacciones B2B entre empresas establecidas en Francia sujetas al IVA.
Salvo error por mi parte, cuando se vende en Vinted, siempre se vende a un particular (no se pueden solicitar los datos de un posible cliente empresarial, como su SIREN, su número de IVA, etc.).
Por lo tanto, es B2C: las ventas en Vinted no se verán afectadas por esta reforma.
La factura electrónica solo se aplica a las ventas B2B, pero se realizará un e-reporting para B2C: el objetivo es recuperar el IVA y reducir la economía sumergida, por lo que la administración fiscal debe encontrar una manera de recuperar los datos y poder realizar cruces.
Italia y Grecia recuperaron varios millones de euros al lanzarla… Y no es por nada que se supone que los comerciantes deben tener programas de caja registrados (normalmente obligatorios desde hace 10 años): en Portugal, las ventas registradas en caja se envían automáticamente todas las noches (aún no hemos llegado a eso, por suerte).
Pase lo que pase, el estado quiere recuperar esta información, por lo que incluso en B2C, los elementos se declararán automáticamente en algún momento… e incluso para las empresas no sujetas a IVA, porque puedo confirmarles que vemos cosas raras en algunas empresas, ¡ja! (y si un contable lo ve, les garantizo que con la factura electrónica, el estado también lo verá porque si declaramos nuestras ventas, nuestros proveedores también deben declarar nuestras compras, ya que son sus ventas…).
En cuanto a las modalidades del e-reporting, a priori corresponde a la empresa que realiza la operación o al emisor de la factura. Sigo informándome sobre el tema porque aún no todo está cerrado a nivel gubernamental y ya ha habido cambios en las modalidades desde el primer anuncio de esta reforma.
PD para @Clement: Koesio ¶ y mi experto contable me confirman que corresponde al emisor de la factura hacer el e-reporting, ¡pero aún quedan áreas de incertidumbre sobre este tema!
Si le corresponde al vendedor declararlo en la plataforma autorizada ¶: espero que la extracción de ventas de Clemz pueda ayudarnos a hacerlo y creo que, en cualquier caso, el estado pedirá a cada actor que lo declare porque es demasiado fácil modificar un excel o un CSV… por lo que deben poder verificar cruzando los datos…
En resumen, es otra fábrica de gas que no causa problemas a las empresas que ya lo tienen todo informatizado, con lectores de códigos de barras, etc., pero que será un infierno para los pequeños. Es una locura esta manía que tienen de creer que Amazon y el pequeño comerciante autónomo son exactamente lo mismo.
Claramente, Clemz nunca podrá ser aprobado para este tipo de cosas, por lo que, en el mejor de los casos, podrá proporcionar un extracto de sus ventas para luego presentarlo a una plataforma aprobada que se encargará de la declaración electrónica (¿y las facturas?), o conectarse directamente a ciertas plataformas (si el juego vale la pena ).
Hola, incluso con la franquicia básica, una AE o una micro está sujeta al IVA… Podrán comprobar rápida y fácilmente si se superan los umbrales… además de comprobar si hay facturas negras o falsas…
Pero sí, como dije, todavía hay muchas zonas grises…
Iba a olvidar mencionar que hay sanciones si no se declara el PA: por lo tanto, habrá que verificar antes de su implementación (¡otra forma de recuperar penalizaciones!).
En el marco del e-reporting, los datos de transacción y de pago deberán ser transmitidos por la empresa que realiza la operación, a través de una plataforma.
Estos datos deberán ser conformes a las normas semánticas publicadas en el sitio de la administración fiscal. A título de ejemplo, se incluyen:
el número de identificación;
el período en el que se realiza la transmisión o, para las operaciones que dan lugar a una factura electrónica, la fecha de la factura;
la mención « opción para el pago del impuesto según los débitos » cuando proceda;
la categoría de transacción, es decir:
entrega de bienes sujeta a IVA;
prestación de servicios sujeta a IVA;
entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por sujetos pasivos establecidos en Francia y que no se encuentran en Francia.
por tipo impositivo, el importe total neto y el importe del impuesto correspondiente;
el importe total del impuesto adeudado en Francia;
la divisa;
la fecha de las transacciones;
para las operaciones que no dan lugar a una facturación electrónica, el número de transacciones diarias;
para las operaciones que dan lugar a una facturación electrónica, el número de la factura.
Facturación electrónica: sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones
Sanciones para las empresas
El incumplimiento de las obligaciones de facturación y transmisión de datos dará lugar a una multa de:
15 € por factura, en caso de no emisión de una factura en formato electrónico, con un límite de 15.000 € por año civil;
250 € por transmisión, en caso de incumplimiento de la obligación de e-reporting, con un límite de 15.000 € por año civil.
En ambos casos, la 1ª infracción cometida no será sancionada.
asunto candente y muy preocupante. Al informarme en el sitio web del gobierno, se indica claramente que todas las empresas están afectadas sin ninguna excepción. En resumen, todo el mundo tendrá que « jugar limpio » (o entrar en un nuevo sistema muy molesto ).
También tienes la posibilidad en el siguiente sitio de realizar un cuestionario para saber cuáles serán tus obligaciones.
Pero para nosotros, los usuarios de Vinted, habrá que utilizar una plataforma autorizada por el gobierno para transmitir el seguimiento de nuestras ventas (e-reporting).
Una excelente manera de vigilarnos bien. En resumen, haré una publicación más detallada sobre el tema y pediré a la comunidad las diferentes herramientas autorizadas por el gobierno para realizar nuestro « nuevo deber » franciliano.
Se llama « e-reporting », pero en la práctica es simple: tu plataforma enviará automáticamente un resumen de tus ventas a hacienda. Piensa en tu declaración URSSAF, pero en versión automática para hacienda.
NO es una factura por venta. Es un resumen global: « este mes, he vendido X euros a particulares ». Y buenas noticias: VintedCRM se conectará directamente a una plataforma autorizada para gestionar tu e-reporting automáticamente. Como VintedCRM ya centraliza todas tus ventas, solo tendrá que enviar el resumen a hacienda por ti. No tendrás que hacer nada manualmente.
Entonces, si entiendo bien, solo el e-reporting será obligatorio para nosotros que solo vendemos en B2C.
Hola a todos,
Aporto mi granito de arena contable en una asesoría.
Para las microempresas (superando o no el umbral del IVA, ese no es el tema aquí) obligación de recibir las facturas electrónicas en septiembre de 2026. Pasa por un software autorizado como Indy, Qonto y otros para adherirte a la facturación electrónica a través de su sitio web y especifica normalmente en tu espacio de impuestos tu elección.
luego el plazo de septiembre de 2027: sigamos con las microempresas en Vinted: obligación de transmitir los ingresos. Dado que se trata de ventas a particulares, deberás enviar el famoso informe electrónico. Aquí todavía está un poco confuso, se deberá respetar la extensión del archivo. Los softwares o bancos en línea autorizados deberán permitirte hacer esta extracción + envío en tu espacio de impuestos (la plataforma creada para esta ley).
y sí, es un lío y es para el control
No consigo ver qué controlan más, ya que las plataformas ya transmiten un resumen de nuestras ventas y ya declaramos nuestro volumen de negocio a la URSSAF. Vale que la factura electrónica la puedo entender para el IVA, pero esto, para las ventas a particulares, no lo veo. Aparte de añadir una carga administrativa inútil…
Sería mejor que fueran a por los que evaden a tope sin declarar nada con varios miles de euros mensuales en lugar de molestar a los que intentan hacer las cosas correctamente.