En efecto, en este momento todavía son 85k
La aplicación de la ley se pospone hasta el presupuesto (así que, dada la actualidad, no es seguro que siga siendo una prioridad) y una ley de derogación ha sido aprobada en la asamblea (pero aún no en el Senado).
El IVA recuperable, para ser una ventaja, depende del margen que se obtenga. Básicamente, si se obtiene menos de 2, es una ventaja; si se obtiene más de 2, es una desventaja.
Para ilustrar:
100 € de compra por 150 € de ventas da: 20 € a recuperar, 30 € a ingresar, por lo que 10 € a pagar al final.
100 € de compra por 200 € de ventas da: 20 € a recuperar, 40 € a ingresar, por lo que 20 € a pagar al final.
100 € de compra por 300 € de ventas da: 20 € a recuperar, 60 € a ingresar, por lo que 40 € a pagar al final.
En franquicia de IVA, siempre son 20 € a pagar en la compra, por lo que tan pronto como se supera el margen de 2, es más interesante no recuperarlo. Además, hay que tener en cuenta que es diferente si se trata de reventa de segunda mano comprada a particulares (ahí no lo conozco muy bien).
Sin embargo, es posible recuperar el IVA de los gastos de funcionamiento, ahí sí que es una ventaja. Así que eso matiza mi argumento anterior. Pero hay que contar bien todo antes de decidir.
Pero el mismo razonamiento se aplica de hecho desde la elección del estatus. El régimen de micro es interesante para márgenes altos y cuando hay pocos gastos de funcionamiento. Sobre todo cuando se habla de una facturación que se mantiene por debajo de los límites.
Básicamente, para 5000 € de facturación mensual, trabajando en casa y con menos de 2500 € de compras, no hay mucho interés en pasar a una sociedad.
Personalmente, prefiero con creces seguir en micro, tiene algunos inconvenientes, pero la simplicidad administrativa los compensa con creces.